Pocas cosas tan azarosas como saber con precisión cuánto cobraremos cada fin de mes. Esto se debe, en gran medida, a la proliferación de ítems que han anegado nuestros recibos durante la última década. No obstante, intentaremos echar algunas certezas sobre la relación que guardan determinados rubros con el sueldo básico:
“Adicional Presentismo”: es un 10% del “Sueldo Básico”. Ahora bien, la suma que represente este porcentaje se mantiene constante, siempre que no se hayan registrados inasistencias durante el mes en cuestión. En caso de registrarse faltas, aunque estén justificadas (efermedad, licencias por examen, etc.), se registran los siguientes descuentos: una falta equivale a un descuento del 25% del presentismo; dos faltas al 50%; tres al 75% y a partir de las cuatro faltas no se cobra presentismo.
“Adicional Título Habilitante”: aquí nos enfrentamos, una vez más, con una herramienta de discrecionalidad por parte de la administración, atento a que no todos los trabajadores con título universitario cobran lo mismo por tal concepto. En efecto, aquellos compañeros que, según lo determine la Gerencia de Personal, estén desarrollando tareas compatibles con el título de grado, el adicional en cuestión será del 15% del sueldo básico; de lo contrario, sólo alcanzará al 7%. Si bien en determinadas áreas podría ser más objetiva la relación entre el título y la función (Legales, contabilidad, etc); en otras, permeabiliza situaciones de cierta discrecionalidad.
Continuará……
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